12.9.08

Corte Suprema 22.07.2002


Sentencia Corte Suprema

Alimentos Menores. Pérdida fundamento sustento y mantención de los alimentarios.

Penal

Santiago, veintidós de julio de dos mil dos.

A fojas 18, a lo principal y otrosí, téngase presente.

A fojas 63, a lo principal, a sus antecedentes; y al otrosí, téngase presente.

Vistos y teniendo, únicamente, presente:

Que las pensiones adeudadas comprenden el período que corre entre octubre de 1998 a noviembre del año pasado, lo cual importaría una deuda que puede ser cobrada por la vía ordinaria, sin el apremio del arresto, que se encuentra decretado en los antecedentes en que incide el amparo deducido a favor de Jean Paul Cazenave Castro, pues, ha perdido como fundamento el sustento y mantención de los alimentarios, en atención a la data en que dichos alimentos se devengaron, como también a la circunstancia que las pensiones que corren a contar de noviembre del año dos mil uno al presente, han sido solucionadas por el alimentante, más aún cuando los hijos a quienes benefician las pensión se encuentran actualmente a su cuidado;

Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 Nº 7 y 21 de la Constitución Política de la República y el inciso final del artículo 14 de la Ley 14.908, modificado por la Ley 19.741; se revoca la sentencia de quince del mes en curso, que se lee a fojas 11, en cuanto se desestima el recurso solicitado por el citado Jean Paul Cazenave Castro y, en su lugar se decide que se acoge el recurso de amparo pedido en su favor.

Regístrese, comuníquese por la vía más rápida y devuélvanse estos antecedentes con sus agregados previa inserción de copia autorizada de la presente sentencia.

Nº 2.605-02